¿Qué documentación necesito para aceptar una herencia? Trámites para aceptar la herencia

Para realizar la aceptación y manifestación de inventario de herencia será necesario:

1) Solicitar copia auténtica del último testamento al notario que aparece en el certificado de últimas voluntades. En este caso, deberemos enviar un email al notario adjuntando el DNI de los herederos interesados junto con el certificado de defunción y últimas voluntades del causante. A la semana lo tendrán preparado y se podrá retirar.

2) Se deberá acudir a las entidades bancarias de las que el causante era titular y solicitar los certificados de saldo y posiciones bancarias a la fecha de defunción. Podéis hacerlo también por email adjuntando el certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y el testamento escaneado (no hace falta sea la copia auténtica). Quizás os exigen de ir presencialmente, depende de la entidad.

3) Necesitaremos las escrituras de propiedad de los inmuebles para inventariarlos todos.

4) Necesitaremos el IBI de los inmuebles actualizado, ello a efectos de conocer la referencia catastral y el código indicador para poder liquidar la plusvalía municipal ante el Ayuntamiento. Deberemos conocer el valor fiscal de los inmuebles mediante consulta ante el Catastro, ello a efectos de plantearnos si nos interesa valorar los bienes al valor fiscal mínimo o a valor de mercado. Ello tiene distintos impactos fiscales en función del destino que queráis hacer de los inmuebles en un futuro, pues si la intención es vender, es recomendable valorarlo a la alza para evitar en la futura venta un mayor impacto en la renta (IRPF) por la ganancia patrimonial entre el valor declarado en la herencia y el de la venta.

5) Si existe algún vehículo, concesión administrativa (por ejemplo, nicho en un cementerio), o cualquier otro bien o derecho que pudiera tener el causante a parte de inmuebles y saldos bancarios, debemos inventariarlos. Incluso las deudas de cualquier clase, ya que configuran el pasivo de la herencia. 

6) Será necesario, a efectos de deducir como gasto, la factura de los gastos de entierro.

Además hay que recordar que la vivienda habitual  goza de una reducción del 95% en el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal, con la obligación a no venderla en los próximos 5 y 3 años, respectivamente para cada impuesto.

En resumen, los documentos y datos esencisles para toda herencia son:
-copia auténtica del testamento.
-certificado de defunción.
-certificado de las últimas voluntades y de seguros de vida con cobertura por fallecimiento.
-libro de familia/certificado de matrimonio.
-última declaración de la renta del causante y última declaración del impuesto sobre el patrimonio.
-certificado de los saldos existentes/productos financieros/fondos en cuentas bancarias titularidad del causante.
-escrituras de propiedad de los inmuebles que sean a título particular del causante.
-últimos IBI correspondientes a las fincas titularidad del causante.
-escritura de constitución de todas las sociedades en las que tenga participación el causante y si ha habido transmisiones de participaciones desde la fundación, la escritura de éstas.
-datos del gestor/economista/asesor que tramita el impuesto de sociedades y cuentas anuales de las referidas sociedades.
-último impuesto de sociedades y cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil respecto a las sociedades titularidad del causante.
-fotocopia DNI causante y herederos.
-gastos de entierro
-certificado bancario de las hipotecas, préstamos, pólizas de crédito existentes a fecha de defunción detallando el total importe adeudado.
-ficha técnica de vehículos, embarcaciones, etc.

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